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Bloqueo de ₡30 mil millones limitará drásticamente ejecución del presupuesto 2027 del Poder Judicial y afectará operaciones y servicios

8 septiembre 2026, 3:17 PM · josue42192@gmail.com

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El Poder Judicial advierte que las condiciones establecidas por el Ministerio de Hacienda para utilizar los ₡29.843,8 millones incluidos en su presupuesto 2027 podrían retrasar durante meses el acceso efectivo a estos recursos y limitar drásticamente su ejecución, con un impacto directo en la operación institucional y en los servicios que se brindan a la ciudadanía. La institución mantiene plena apertura a la rendición de cuentas y a los controles de la Contraloría General de la República, como lo ha hecho históricamente. El cuestionamiento se refiere al mecanismo definido para liberar los recursos —impuesto de forma exclusiva al Poder Judicial—, pues no establece un plazo cierto para su disponibilidad efectiva y condiciona su utilización al cumplimiento de una serie de trámites y autorizaciones que podrían prolongarse durante meses. Esta situación genera incertidumbre y dificulta la planificación institucional, ya que el Poder Judicial debe programar con anticipación sus contrataciones, adquisiciones, servicios y demás obligaciones necesarias para garantizar la continuidad de sus funciones y la prestación de los servicios a la ciudadanía. Sin plazo definido En el proyecto de Presupuesto Nacional presentado por el Ministerio de Hacienda a la Asamblea Legislativa el 1° de setiembre, se asignan al Poder Judicial ₡530.973,2 millones. Sin embargo, ₡29.843,8 millones de ese presupuesto quedan sujetos al cumplimiento de una serie de requisitos establecidos mediante cuatro normas de ejecución presupuestaria. Entre los requisitos se encuentran la presentación de estados financieros auditados (auditorías externas), certificaciones de la Contraloría General de la República, el conocimiento y aprobación de la Comisión de Control de Ingreso y Gasto Público, la aprobación del Plenario Legislativo y, finalmente, una orden al Ministerio de Hacienda para proceder con el desbloqueo de los recursos. El procedimiento no establece actualmente un plazo cierto para que los recursos puedan quedar efectivamente disponibles. Incluso una vez cumplidos los requisitos y obtenidas las autorizaciones correspondientes, la fase legislativa podría demandar un plazo similar al trámite de un presupuesto extraordinario (hasta 93 días naturales, sin contabilizar el tiempo requerido para completar las etapas previas). La directora ejecutiva del Poder Judicial, Ana Romero Jenkins, explicó que esta situación dificulta la planificación institucional, particularmente porque las obligaciones y contratos deben atenderse desde el inicio del ejercicio económico. “Hay que entender la responsabilidad institucional desde un enfoque contractual. Tenemos que garantizar el pago, durante el año, de los contratos vigentes; no podemos adquirir compromisos sin tener certeza de los recursos”. La disponibilidad tardía de los recursos tendría consecuencias directas, debido a que el presupuesto no se ejecuta de manera independiente al momento del año en que se reciben los recursos. Una liberación avanzada la ejecución presupuestaria obligaría a reprogramar compras, contrataciones, proyectos y planes de trabajo, y podría impedir que los recursos sean utilizados de manera efectiva durante el año. Siempre se han cumplido con controles de la Contraloría Durante la sesión de Corte Plena, representantes de las distintas áreas institucionales enfatizaron que el Poder Judicial no se opone a los mecanismos de control, fiscalización, auditoría ni rendición de cuentas sobre los recursos públicos. Por el contrario, la institución siempre se ha sometido a los controles de la Contraloría General de la República, realizar las auditorías correspondientes y brindar toda la información necesaria para explicar el uso de los recursos asignados. La diferencia está en que los mecanismos de control deben permitir fiscalizar los recursos sin impedir o retrasar su ejecución durante el ejercicio económico para el cual fueron aprobados. La Corte Plena acordó designar a la Presidencia del Poder Judicial para que gestione, ante las autoridades del Poder Ejecutivo y Legislativo, las acciones necesarias para defender el presupuesto del Poder Judicial. Recursos son necesarios para mantener servicios y operaciones La eventual imposibilidad de disponer oportunamente de los ₡29.843,8 millones tendría efectos en distintas áreas estratégicas del Poder Judicial. OIJ: investigación y combate al crimen Se podría comprometer la adquisición y mantenimiento de equipo policial, científico, médico, de laboratorio, tecnológico y de comunicaciones, así como repuestos y suministros esenciales para la investigación y el combate al crimen. Ciberseguridad Se limitaría la capacidad para prevenir, detectar y atender incidentes de ciberseguridad y mantener protegidos los sistemas y la información institucional. Plazas vacantes El uso de plazas vacantes quedaría sujeto a un estudio técnico de la Contraloría General de la República, al conocimiento de Corte Plena y a la aprobación de una comisión legislativa, con actualización trimestral. Esto podría retrasar la sustitución de personas funcionarias que se jubilen o fallezcan. En el caso de personas juzgadoras, por ejemplo, la demora podría afectar la continuidad de los procesos, provocar la anulación de un juicio o impedir la prórroga oportuna de una medida cautelar Conectividad nacional Podría afectarse el pago de más de 22 contratos de enlaces de fibra óptica que conectan sedes, oficinas, centros de datos, sistemas y bases de datos del Poder Judicial en todo el país. Infraestructura y soporte tecnológico La restricción de recursos afectaría el mantenimiento y actualización de la infraestructura tecnológica, con posibles impactos en la continuidad de servicios y la atención a las personas usuarias. Transformación digital También se limitarían servicios necesarios para desarrollar y mantener software, actualizar sistemas estratégicos, impulsar la innovación y mejorar los servicios judiciales. Atención y acceso a la justicia Entre las medidas que eventualmente deberían revisarse está la continuidad de algunos despachos y oficinas en zonas periféricas, lo que podría afectar el acceso presencial a los servicios de justicia. Volvemos a aclarar El fideicomiso de infraestructura es de $82 millones El fideicomiso para la construcción de infraestructura judicial no es de $700 millones ni de $660 millones. Su monto es de $82 millones. Estos recursos están destinados a proyectos de infraestructura judicial para atender el déficit de edificios y espacios adecuados para la prestación de los servicios. Además, las obras buscan reducir progresivamente el gasto por alquileres y generar ahorros para el Estado. Los depósitos judiciales no son recursos del Poder Judicial Los recursos que el Poder Judicial custodia mediante depósitos judiciales no pertenecen a la institución ni forman parte de un fideicomiso. Se trata de dinero de las personas usuarias, vinculado a procesos judiciales en los que una autoridad ha ordenado un embargo, una retención u otra medida. También incluye los recursos correspondientes a pensiones alimentarias que deposita la parte obligada y que posteriormente son girados a la persona beneficiaria. En las cuentas del Banco de Costa Rica también se mantienen los intereses generados por estos recursos. De acuerdo con lo establecido por la Sala Constitucional, esos intereses pertenecen a las partes y son girados cuando así lo dispone la autoridad judicial.

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